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Consulta recursiva

Una consulta recursiva es aquella a la que el servidor de nombres dará la respuesta completa al resolver del PC. Los servidores de nombres no tienen la obligación de soportar este tipo de consultas, y es el resolver del PC el que negocia con el servidor de nombre el uso de este tipo de consulta.

La respuesta a una consulta recursiva puede ser de tres tipos:

  • La respuesta a la consulta con las direcciones de los RR A y acompañada de los RR CNAME si los hubiera. En la respuesta siempre se indica si es autoritaria o no, en este último caso es porque se encontraba en una caché.
  • Un error NXDOMAIN que significa que el dominio o el equipo no existen.
  • Un error temporal de que no se puede acceder al servidor de nombres por problemas en la red.

La siguiente imagen ilustra la forma de resolución de una consulta recursiva suponiendo que el servidor de nombres configurado en el PC no es autoritario para el dominio y por lo tanto no dispone del fichero de zona para responder a la consulta:

Consulta Recursiva

Los pasos que se dan son los siguientes:

  1. El usuario teclea la URL en el navegador: http://www.asir.com
  2. El navegador le envía la pregunta al resolver del PC: ¿Cuál es la IP de www.asir.com?
  3. El resolver del PC traslada la pregunta (utilizando el protocolo DNS) al resolver del servidor de nombres configurado localmente (resolver del DNS)
  4. El resolver del DNS mira si la respuesta está en su caché, pero no la encuentra.
  5. El resolver del DNS le envía la pregunta a uno de los servidores raíz.
  6. El servidor raíz solo soporta consultas iterativas y responde con la lista de IP (referencias) de los servidores de nombres autoritarios del siguiente nivel al que él es autoritario. El es autoritario en el nivel raíz (el punto final de un FQDN), la lista es del nivel gTLD .com.
  7. El resolver del DNS elige una IP de la lista recibida, y le envía la pregunta a dicho servidor de nombres que posee el fichero de zona del gTLD .com.
  8. El servidor DNS del gTLD .com solo soporta consultas iterativas, y responde por tanto con la lista de IP (referencias) de los servidores DNS autoritarios del siguiente nivel, el SLD .asir.com.
  9. El resolver del DNS elige una IP de la lista recibida, y le envía la pregunta a dicho servidor de nombres, que ya es un servidor DNS autoritario del dominio .asir.com, por lo que dispondrá del fichero de zona del dominio consultado.
  10. El servidor DNS autoritario del dominio .asir.com consulta el fichero de zona y devuelve la respuesta al nombre www.asir.com, que estará formada por los RR A y los RR CNAME si hubiera alguno relacionado.
  11. El resolver del DNS envía la respuesta completa (RR A y RR CNAME) al resolver del PC.
  12. El resolver del PC le envía el primer registro A al navegador, es decir, la primera IP.
  13. El navegador le envía la petición web a la IP recibida.

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